Certificados ProfesionalidadContrato de formación en alternancia 2025: estudiar y trabajar a la vez con el respaldo de AVZ Formación

noviembre 28, 20250
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El Real Decreto 1065/2025 ha definido el nuevo marco del contrato de formación en alternancia, que permite compatibilizar trabajo remunerado y formación oficial (FP, estudios universitarios o especialidades del Sistema Nacional de Empleo). BOE+1

Este modelo sitúa a la formación en alternancia como vía preferente frente a las becas sin relación laboral, garantizando derechos laborales y cotización a la Seguridad Social para las personas en formación.

 

1. ¿En qué consiste el contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia tiene como finalidad que el alumnado: BOE+1

  • Siga matriculado en un programa formativo (FP, universidad o especialidades del Sistema Nacional de Empleo).

  • Desarrolle en la empresa una actividad laboral relacionada directamente con esa formación.

  • Cuente con un plan formativo individual, que coordina lo que se aprende en el centro y lo que se aprende en la empresa.

Algunos datos básicos:

  • Duración mínima: 3 meses.

  • Duración máxima: 2 años (ampliable un año más en determinados casos de discapacidad o exclusión social). BOE

  • El contrato no puede tener periodo de prueba.

 

2. Ventajas para el alumnado

Para el alumnado, el contrato de formación en alternancia supone pasar de “hacer prácticas” a tener un contrato real con derechos: BOE+1

  • Salario:

    • No puede ser inferior al 60 % del salario de convenio el primer año.

    • Ni al 75 % el segundo año.

    • Nunca por debajo del SMI proporcional al tiempo de trabajo efectivo.

  • Jornada protegida:

    • El tiempo de trabajo efectivo no puede superar el 65 % de la jornada máxima el primer año, ni el 85 % el segundo.

  • Cotización a la Seguridad Social y protección frente a contingencias (IT, desempleo, etc.).

  • Experiencia profesional directamente alineada con la formación y acreditable mediante diplomas y certificaciones. BOE

En resumen, el contrato de formación en alternancia permite estudiar y trabajar a la vez, con aporte económico, experiencia real y un itinerario formativo planificado.

 

3. Beneficios para las empresas colaboradoras

Para las empresas que se vinculan a AVZ Formación como entidades colaboradoras, el nuevo marco del RD 1065/2025 ofrece varias ventajas: Garrigues+1

  • Posibilidad de formar talento a medida, adaptado a sus procesos y tecnología.

  • Un número de aprendices por centro de trabajo regulado y razonable:

    • Hasta 10 trabajadores: 3 contratos.

    • De 11 a 30: 7 contratos.

    • De 31 a 50: 10 contratos.

    • Más de 50: hasta el 20 % de la plantilla.

  • Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social vinculadas a la actividad formativa y a la tutorización. BOE+1

  • Coordinación directa con el centro formativo para la elaboración de los convenios de cooperación y de los planes formativos individuales.

Además, el real decreto permite una organización flexible de la formación:

  • La formación puede concentrarse en determinados períodos del contrato (por ejemplo, más teoría en temporada baja y más trabajo en temporada alta).

  • Se puede combinar formación presencial, online o mixta, garantizando siempre la accesibilidad y el seguimiento formativo.

 

4. Trabajo nocturno y a turnos: cuándo es posible

De forma general, las personas con contrato de formación en alternancia no pueden realizar trabajo nocturno ni a turnos, ni horas extraordinarias.

Sin embargo, el RD 1065/2025 introduce una excepción importante: cuando sea imprescindible para adquirir las competencias del plan formativo y no pueda hacerse en otros horarios por la naturaleza de la actividad, se permite el trabajo nocturno o a turnos. BOE+1

Esto abre la puerta a que sectores con actividad continua (logística, industria, determinados servicios…) puedan también utilizar esta modalidad, siempre que se respete el carácter formativo del contrato.

5. ¿Qué papel juega AVZ Formación en todo esto?

Desde AVZ Formación trabajamos como puente entre alumnado y empresas, asegurando que el contrato de formación en alternancia cumpla su función:

  • Diseñamos y ajustamos el itinerario formativo-laboral y el plan formativo individual.

  • Coordinamos la relación entre empresa tutora y equipo docente.

  • Acompañamos a la empresa en los requisitos formales (convenios, documentación, seguimiento, informes).

  • Aseguramos que la actividad en la empresa tenga un claro contenido formativo y se corresponda con la especialidad o ciclo que está cursando el alumno o alumna.

Nuestro objetivo es que el contrato de formación en alternancia sea una experiencia ganar–ganar:

  • El alumnado aprende, trabaja y cobra.

  • La empresa forma a futuro personal cualificado con un marco legal claro.

  • El centro formativo asegura la calidad y coherencia académica del proceso.

 

6. ¿Quieres colaborar con AVZ Formación?

Si eres:

  • Una empresa interesada en incorporar alumnado en alternancia, o

  • Un/a estudiante que quiere saber cómo acceder a este tipo de contratos,

podemos ayudarte a resolver dudas y valorar las opciones más adecuadas para tu caso.

Contacto: info@avzformacion.com

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