Uno de los temas que más dudas genera es el proceso para transformar un contrato de formación en indefinido. Tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2023, ha habido algunos cambios importantes en cuanto a las bonificaciones y los trámites necesarios para realizar este proceso correctamente.
En este blog, te explicamos detalladamente los pasos a seguir para convertir un contrato de formación en alternancia en contrato indefinido, así como las bonificaciones aplicables y los requisitos a cumplir.
Bonificaciones al transformar un contrato de formación en indefinido
El contrato de formación en alternancia tiene una duración máxima de 2 años. Durante este tiempo, la empresa disfruta de una bonificación en los seguros sociales. Una vez que finaliza la duración del contrato, la empresa tiene la posibilidad de transformarlo en un contrato indefinido y seguir disfrutando de bonificaciones.
A partir de las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 1/2023 en septiembre de 2023, la bonificación por transformar un contrato de formación en alternancia es la siguiente:
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128 € al mes durante 3 años para contratos indefinidos a jornada completa.
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147 € al mes durante 3 años si el contrato es para una mujer.
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Si el contrato es a tiempo parcial, la bonificación será proporcional (por ejemplo, para media jornada, la bonificación será de 768 € anuales).
Requisitos para acceder a la bonificación por transformación
Para que la transformación de un contrato de formación en alternancia en indefinido sea bonificada, es necesario cumplir con ciertos requisitos, los cuales son:
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Realizar la transformación al finalizar el contrato de formación, sin dejar días intermedios.
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La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
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La empresa no debe haber sido excluida de la aplicación de beneficios en los seguros sociales.
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Si la empresa tiene 50 o más empleados, deberá tener un plan de igualdad implantado y registrado (si aplica según la ley).
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La transformación debe implicar un contrato con una jornada mínima del 50%.
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No se podrá bonificar la contratación de familiares hasta segundo grado de consanguinidad.
¿Cómo transformar un contrato de formación en indefinido en 2025?
Es importante realizar la transformación al finalizar el contrato de formación. No se puede transformar antes de que termine el contrato ni dejar días intermedios, ya que si se incumple esta normativa, no se podrá aplicar la bonificación.
Los trámites para hacer la transformación en el Sistema RED son los siguientes:
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Accede al Sistema RED:
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En la afiliación, selecciona la opción «Cambio de contrato/Tipo de coeficiente».
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Introduce los detalles de cotización y el número de afiliación.
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Es importante eliminar el código 087 de la casilla de exclusión de cuotas. Si no lo eliminas, no podrás completar la gestión.
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Modificar el tipo de contrato:
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Si la transformación es a jornada completa, se debe indicar el código 109.
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Si la transformación es a tiempo parcial, se debe indicar el código 209.
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Comunicación al SEPE:
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Accede al portal Contrat@ y en «Comunicación de contratación» selecciona «Transformación a indefinido».
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En el desplegable, selecciona el tipo de contrato correspondiente (109 para jornada completa, 209 para tiempo parcial, 309 para fijo discontinuo).
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Marca la casilla de bonificación e indica si es un contrato para mujer o hombre.
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¿Puedo bonificar la transformación de un contrato de formación no bonificado?
Sí, es posible aplicar la bonificación incluso si el contrato de formación en alternancia original no estaba bonificado. A raíz de la reforma del Real Decreto-ley 1/2023, ahora se permite aplicar la bonificación por la transformación, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos establecidos.
Esto fue una mejora importante, ya que anteriormente no se podía aplicar la bonificación si el contrato inicial no era bonificado.
Transformación a contrato fijo discontinuo: ¿Es posible y tiene bonificación?
Es posible transformar un contrato de formación en alternancia en un contrato fijo discontinuo, utilizando el código 309 en el Sistema RED.
La bonificación sigue siendo aplicable durante 3 años naturales, pero solo se aplica durante los periodos de actividad del trabajador. En los periodos de inactividad, no se podrá aplicar la bonificación.
¿Qué sucede si no cumples con el mantenimiento de empleo?
Si no se cumple con el mantenimiento del empleo durante los 3 años posteriores a la transformación, la empresa tendrá que devolver las bonificaciones recibidas, junto con los recargos e intereses correspondientes.
No se considera incumplimiento del mantenimiento de empleo en los siguientes casos:
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Despidos por causas objetivas, disciplinarios o colectivos no declarados improcedentes.
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Dimisión del trabajador, no superar el periodo de prueba, o jubilación.
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En contratos fijos discontinuos, el fin de la actividad no se considera incumplimiento.
Con estos pasos y requisitos, podrás transformar tu contrato de formación en alternancia en indefinido correctamente y beneficiarte de las bonificaciones correspondientes. Si tienes alguna duda o necesitas asistencia adicional, no dudes en consultarnos.